Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)

¿Qué es DACA?
Acción Diferida para los Llegados en la Infancia ("DACA") es una forma de discreción procesal para diferir la acción de remoción (deportación) contra un individuo por un cierto período de tiempo. El 15 de junio de 2012, el Secretario de Seguridad Nacional anunció que ciertas personas que llegaron a los Estados Unidos siendo niños y cumplen con varias pautas pueden solicitar DACA por un período de dos años, sujeto a renovación. Estos individuos calificados también son elegibles para autorización de trabajo, que es válida por un período de dos años y también sujeta a renovación, y un número de Seguro Social. DACA no proporciona un estatus legal en los EE. UU. Sin embargo, proporciona protección contra la deportación de los EE. UU. y la autoridad para trabajar.¿A quién se aplica DACA?
Usted es elegible para presentar bajo DACA si:
- Tenía menos de 31 años al 15 de junio de 2012;
- Llegó a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años;
- Ha residido continuamente en los EE. UU. desde el 15 de junio de 2007 hasta el presente;
- Estuvo físicamente presente en los EE. UU. el 15 de junio de 2012, y en el momento de hacer su solicitud para la consideración de acción diferida con USCIS;
- No tenía estatus legal el 15 de junio de 2012;
- Está actualmente en la escuela, se ha graduado o ha obtenido un certificado de finalización de la escuela secundaria, ha obtenido un certificado GED, o es un veterano dado de baja honorablemente de la Guardia Costera o de las Fuerzas Armadas de los EE. UU.; y
- No ha sido condenado por un delito grave, un delito menor significativo, o tres o más otros delitos menores, y no representa de otra manera una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
Nuestro abogado de DACA en Orlando puede ayudar a determinar si usted califica para DACA. Si no está seguro, no dude en comunicarse con nuestra firma. Si no califica para DACA, puede ser capaz de buscar una forma diferente de alivio o protección contra la deportación.




